Se cuadriplican los delitos medioambientales en España

Incendios intencionados, caza ilegal de especies protegidas, negligente gestión de los residuos electrónicos… Los delitos medioambientales se han cuadriplicado en los últimos diez años en España, según un informe de SEO/Birdlife, pero la conciencia ecológica también está más presente en nuestra sociedad. 

Hace una semana un empleado de una empresa de distribución de electrodomésticos en Olula del Río (Almería) arrojó una nevera en medio de la sierra de Almanzón, lo grabó con su teléfono móvil y lo difundió en sus redes sociales. El incidente, que podría haberse quedado en una mera anécdota, ha acabado en los tribunales. 

La Guardia Civil localizó al individuo y ahora la compañía se enfrenta a una multa cuantiosa de hasta 45.000€ por cometer un delito contra el medio ambiente por esta mala práctica. Además, desde el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA), una vertiente de la Guardia Civil, aseguran que tenían 70 electrodomésticos de más de 10 años en sus instalaciones, una acción que quiebra el Real Decreto 138/2011, del 4 de febrero de 2011, que solo se permite el almacenamiento temporal «hasta un máximo de seis meses» para su posterior entrega a gestores autorizados.

¿Qué tipos de delitos medioambientales existen?

Aunque no hay una definición prestablecida, se entiende como una infracción todo aquello que atente contra la preservación del medio ambiente. De hecho, el artículo 45 de la Constitución Española establece «el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo». Son las autoridades las que «velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva».

Si bien no hay una categorización precisa, se pueden distinguir entre delitos urbanísticos (por ejemplo, cuando se construye en terreno no urbanizable) de contaminación (como la depuración de las aguas o la calidad del aire), y todos los que tienen que ver con la flora y la fauna (caza e implantación de vallados ilegales) y con los incendios (como el que ha ocurrido recientemente entre La Granja, en Segovia, y en Miraflores de la Sierra, en Madrid). Aunque hay delitos que son «privados», es decir, que son iniciativas de sujetos individuales, para Paco Segura, coordinador de Ecologistas en Acción, «el principal delincuente ambiental es la Administración en todos los niveles».

Segura echa la vista atrás y recuerda que durante años los más generalizados eran los urbanísticos, apuntando directamente contra la burbuja inmobiliaria, que incentivó la creación de complejos y viviendas a nivel nacional, pero que acabó desinflándose. No obstante, no hay que perder de vista a este sector, ya que un posible repunte conllevaría terribles consecuencias: «Con un envenenamiento, dejas de poner veneno y las especies se recuperan, pero si tú urbanizas una zona, se queda así de por vida».

Otro quebrantamiento que perdura en el tiempo es el de las infracciones relacionadas con los incendios. El daño ambiental que se produce en estos casos es de un alcance amplísimo, seguido de la contaminación de las aguas.

¿El derecho penal está protegiendo el medio ambiente?

Los delitos medioambientales se han cuadriplicado en los últimos diez añoshan pasado de 130 en 2007 a más de 600 en 2017. Son datos recabados en España por SEO/Birdlife, que ha elaborado que verá la luz en octubre. En Radio 5, David de la Bodega, responsable del programa legal de esta organización, ha explicado que no hay que pensar que, tras ver estos datos, hay una mayor criminalidad, «sino que también tenemos que interpretar que eso ha sido gracias a que la sociedad está más sensibilizada«. El estudio también menciona la mayor implicación de las autoridades.

Para María Ángeles López Lax, de la Red de Abogados para la Defensa Ambiental (RADA), sin embargo, la situación es muy distinta. En su opinión «existe una enorme tolerancia y raya en la pasividad de la Administración a la hora de perseguir en general los delitos o las infracciones administrativas», sentencia. Además, aunque la concienciación está cada vez más presente en la ciudadanía, las inspecciones que se llevan a cabo se ponen en marcha «porque ha habido denuncias, aunque pocas prosperan», comenta.

Por ejemplo, en lo que se refiere al maltrato a animales domésticos, las condenas han pasado de ser 11 en 2007 a 163 en 2017, mientras que las diligencias que se han decretado por parte de la Fiscalía se han multiplicado por 11 en el mismo período de tiempo, según SEO/Birdlife. Si bien estos abusos se dan en el ámbito urbano, también continúan las agresiones en plena fauna. Así, aunque el empleo de cebos envenenados o la caza ilegal de especies protegidas ha disminuido, animales como el lince ibérico o el oso siguen estando afectados.

Cristina Alonso, actual responsable del Área de Recursos Naturales y Residuos de la asociación Amigos de la Tierra, considera que la ley actual en materia de responsabilidades sobre la gestión de residuos eléctricos y electrónicos (Real Decreto 110/2015 sobre RAEE) por parte de los fabricantes es suficiente. Sin embargo, «el problema radica fundamentalmente en la falta de transparencia». En el ámbito en el que se enmarca la noticia de Olula del Río, se sigue la máxima «quien contamina, paga». Así, el creador del electrodoméstico debería asumir los costes de la gestión de los residuos generados por el producto en cuestión. A pesar de ello, «no hay controles, ni datos públicos, si suficientes inspecciones que regulen su correcta aplicación», se lamenta Alonso.

En el gráfico anterior, realizado con datos de la Fiscalía, se observa que, conforme se avanza en el sistema judicial, el número de procedimientos decae de forma abismal. Para Barea, «España tiene muchas leyes y bastantes buenas leyes», pero el problema reside en que no se hacen cumplir. Por ejemplo, hay más de un millón de pozos ilegales, «pero hay desidia absoluta de la Administración por combatir estos delitos».

López Lax es consciente de estas fechorías. «Cuando los que son responsables llevan estos electrodomésticos a los puntos limpios para reciclado, antes de entrar se apostan personas en la entrada, con frecuencia en San Sebastián de los Reyes, que afirman que se los quedan para darle un segundo uso». Sin embargo, lo que ocurre es que «sacan los elementos que tienen más valor y el resto lo dejan tirado en el campo», comenta la abogada. Alonso corrobora esa información, con las consecuencias que estas actuaciones conllevan, «especialmente en el caso de residuos electrónicos, debido a su alta peligrosidad».

Al final, todas las agrupaciones coinciden en que a las empresas le sale más rentable pagar las multas correspondientes, algunas ínfimas, que preocuparse por preservar el medio ambiente. Tampoco los fabricantes se preocupan de mejorar sus mecanismos de seguimiento, como denuncian desde Amigos de la Tierra. «Nos conformaríamos con que se cumpliera la ley. Daríamos pasos de gigantes», sentencia Barea.

¿Cómo se castigan?

El Código Penal recoge en su artículo 325 las medidas en un nivel primario que se impondrán cuando no se respete lo mencionado por la carta magna. Entre ellas, se encuentran «penas de prisión de dos a cinco años, multas de ocho a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años». En apartados posteriores se incide en las consecuencias que supondrá dañar «la flora, fauna y animales domésticos», con actividades tales como el abandono de animales, el empleo de veneno para la caza o pesca, o la destrucción de plantas.

En el caso de los desechos, Julio Barea, responsable de la campaña de gestión de residuos de Greenpeace, recuerda que este es un tema muy mal gestionado y que desde hace años la Guardia Civil ha puesto en marcha redadas para combatirlo, como ocurrió en la Cañada Real. «Cuando tú compras un electrodoméstico, pagas también un impuesto para que se recicle. Entonces, no hablamos solo de un delito ambiental, sino también de uno fiscal«.

Siguiendo los datos de la Fiscalía, son pocos los casos que van más allá de una mera denuncia; más aún los que implican un ingreso en prisión. Según la información facilitada por Coral García, de la organización WWF, el último caso más reciente que ha acabado en prisión data del 15 de mayo de 2019. Según la sentencia emitida por el juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona, dos presidente de coto de caza y un guarda fueron condenados a dos años y ocho meses de prisión por un delito contra la fauna por envenenamiento. Además, se les aplicó una sanción de cinco años y cuatro meses de inhabilitación especial, así como a indemnizar a la Comunidad Foral de Navarra con más de 67.000 euros, después de que los hechos tuvieran lugar en 2012.

Fuente: RTVE


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Víctor Bouzas Blanco

Licenciado en geografía y Postgrado en Tecnologías Digitales de Documentación Geométrica del CSIC. Especialista en diseño cartográfico y análisis geoespacial.

Un comentario

  1. Es importante concienciar sobre este tema y que los delitos que se comentan en materia medioambiental sean castigados. Las autoridades están cada vez más implicadas en el tema. No obstante, si desconocemos sobre algún delito o infracción, es crucial buscar ayuda de profesionales acerca del tema jurídico.

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